martes, 22 de enero de 2013

Comunicado enero 2013

  







En el pasado mes de diciembre, se normalizaron los pagos de las nóminas atrasadas. Esto no es fruto de la casualidad, ni de la buena fe de la empresa si no del esfuerzo y de la constancia de las personas que han creído que se podían cambiar las cosas. A ésta iniciativa se ha ido sumando un grupo de compañeras y compañeros permitiendo lo que tenemos hoy; una mayoría sindical representando a las y los trabajadores de ésta empresa. Otro logro sindical ha sido el reconocimiento de la antigüedad, no vamos a recordar ahora que nos han acusado de mentirosos, ni tampoco quién, lo importante es que la sección sindical de ELA, ha estado a la altura de las circunstancia para conseguir mejoras concretas para todas y todos. Así en la sentencia de Oli podemos leer que se condena a la empresa al abono de dicho plus desde el 22 de abril del 2008 computándose el periodo en el que se encontraba por ETT. Como todas y todos sabéis la empresa continua con la “cantinela” de su mala gestión económica. En la última reunión solicitamos las cuentas de LAMPSYS, que han sido facilitadas. Los economistas de ELA las están estudiando y pronto solicitaremos las del grupo para conocer cómo se encuentra LAMPSYS en el mismo, y a qué se debe esta situación. El último día antes de las pasadas vacaciones navideñas, la empresa informó y entregó a nuestro Delegado de Sección Sindical, Aitor, un comunicado en el que se hacía alusión a la no validez de dicha figura. La empresa no tiene ninguna competencia en éste tema, somos los integrantes de la Sección Sindical, o en su caso el Sindicato al que pertenecemos quien decide quién es nuestro representante. Y para que estemos tranquilas y tranquilos os incluimos el art. 8 de la Ley Orgánica de Libertad Sindical. .Artículo 8. [Derechos de los sindicatos] 1. Los trabajadores afiliados a un sindicato podrán, en el ámbito de la empresa o centro de trabajo: a) Constituir Secciones Sindicales de conformidad con lo establecido en los Estatutos del Sindicato. b) Celebrar reuniones, previa notificación al empresario, recaudar cuotas y distribuir información sindical, fuera de las horas de trabajo y sin perturbar la actividad normal de la empresa. c) Recibir la información que le remita su sindicato. 2. Sin perjuicio de lo que se establezca mediante convenio colectivo, las Secciones Sindicales de los sindicatos más representativos y de los que tengan representación en los comités de empresa y en los órganos de representación que se establezcan en las Administraciones públicas o cuenten con delegados de personal, tendrán los siguientes derechos: a) Con la finalidad de facilitar la difusión de aquellos avisos que puedan interesar a los afiliados al sindicato y a los trabajadores en general, la empresa pondrá a su disposición un tablón de anuncios que deberá situarse en el centro de trabajo y en lugar donde se garantice un adecuado acceso al mismo de los trabajadores. b) A la negociación colectiva, en los términos establecidos en su legislación específica. c) A la utilización de un local adecuado en el que puedan desarrollar sus actividades en aquellas empresas o centros de trabajo con más de 250 trabajadores. Y este debate por nuestra parte queda finalizado aquí, Aitor es nuestro delegado sindical le guste o no a LAMPSYS. Por último y por ello no menos importante, se han venido sucediendo ”toques de atención” por baja producción mayoritariamente a afiliados de ELA. Desde la Sección Sindical queremos informaros de que en el caso en el que fuerais requeridos a la oficina, siempre tenéis derecho a pedir la presencia de vuestros representantes sindicales, pudiendo elegir cualquiera de ellos. Es evidente que la empresa ha comenzado con una campaña de hostigamiento contra el conjunto de operarios y operarias de planta, la intención no es otra que demostrar el dominio que tiene, sin embargo el poder de todas y todos juntos es capaz de frenar estas actuaciones de acoso, que pretenden infundir miedo entre nosotras o bien que estemos en estado de shock permanente. Habría que preguntarse si los gestores de LAMPSYS han sido también amonestados por su falta de habilidades para llevar la economía de la empresa.

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          POR UN CONVENIO 
         DE EMPRESA JUSTO

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